CERMI Estatal destaca el refuerzo del derecho a la vivienda y la exención del IVA de los EPI como medidas adoptadas en favor de la discapacidad

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Publicado el Miércoles, 22 Abril 2020

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha destacado la exención del IVA de los productos sanitarios de protección personal y el refuerzo de la garantía del derecho a la vivienda como medidas que impactan positivamente en el grupo social de las personas con discapacidad y sus familias durante la pandemia de coronavirus.

Esta es la principal conclusión que se desprende de un estudio elaborado por el Cermi, en el que la entidad desgrana las medidas que atañen directamente a las personas con discapacidad y sus familias, contenidas en el real decreto de medidas urgentes para apoyar la economía y el empleo, aprobado este martes en Consejo de Ministros. Consultar el informe AQUI.

En concreto, el Cermi resalta la aplicación de un 0% de IVA a la entrega de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de productos y materiales empleados para la lucha contra el coronavirus y evitar el contagio. Esta exención se aplicará hasta el 31 de julio cuando los destinatarios sean entidades de Derecho público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social.

La plataforma representativa de la discapacidad en España agradece la receptividad del Gobierno ante esta reivindicación, planteada por el Cermi en primer lugar en la agenda pública. El Comité destaca que, entre otros productos exentos de IVA para los citados destinatarios, se encuentran los transportines para favorecer el desplazamiento de personas usarias de sillas de ruedas.

ALQUILERES E HIPOTECAS

Por otro lado, el Cermi valora que el texto aprobado ayer modifique el Real Decreto del 31 de marzo de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, en relación con la definición de la situación de vulnerabilidad económica a efectos de obtener moratorias/ ayudas en relación con la renta arrendaticia de la vivienda habitual y a los efectos de la moratoria hipotecaria y del crédito de financiación no hipotecaria.

A juicio del Cermi, se tenían que solventar “errores en el texto, que impedían una correcta aplicación de la norma a todas las personas con discapacidad” cuando necesitaran aplazar el pago de cuotas durante la pandemia.

Con el cambio introducido, se clarifica que bajo la protección reforzada (cuatro veces el Iprem) quedan amparadas las unidades familiares en las que alguno de sus miembros tenga declarada una discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral.

FUENTE: CERMI