Ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual,

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Publicado el Miércoles, 14 Septiembre 2022

El pasado 25 de agosto, el Congreso de los Diputados aprobó de forma definitiva la Ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, conocida comúnmente como ley del solo sí es sí.

El 7 de septiembre el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó esta Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

De esta manera, el consentimiento como eje en las relaciones sexuales, la voluntad de las mujeres y su libertad para decidir ya son ley.

El objeto de esta nueva norma es la garantía y protección integral del derecho a la libertad sexual y la erradicación de todas las violencias sexuales. Para ello, coloca el consentimiento sexual en el centro de las relaciones personales, eliminando la distinción entre abuso y agresión sexual.

Con esta ley, toda conducta sexual sin consentimiento será considerada agresión y será castigada con un abanico de penas según las circunstancias y los agravantes. Así, será el consentimiento lo que configure el delito y no la resistencia frente a la fuerza del agresor.

Un dato para destacar es la mención de las esterilizaciones forzosas. Si bien no quedan recogidas en los artículos de la ley, en el preámbulo se prevé identificar y dar respuesta a las violencias sexuales más ocultas, como la mutilación genital femenina, la detección de casos de aborto y esterilizaciones forzosas. Por último, la ley menciona reiteradamente la colaboración entre el ámbito educativo, el sanitario, la justicia, los servicios sociales y organismos de igualdad.

Mujeres con discapacidad y la nueva Ley

Aunque no se recogieron todas sus reivindicaciones, cabe resaltar que durante el proceso se tuvo en cuenta la opinión de las mujeres con discapacidad.

La Ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual recoge el concepto de interseccionalidad, indicando que la discriminación por motivos de género está unida de manera indivisible a otros factores de exclusión como la discapacidad, el origen racial o étnico, la orientación sexual, la identidad sexual, la clase social, etc.

Partiendo de esta perspectiva de género e interseccionalidad, la ley del solo sí es sí, busca garantizar que todas las acciones judiciales, medidas de protección y de apoyo y servicios para las mujeres, se adecúen a sus diversas necesidades respetando y fortaleciendo su autonomía, con especial atención a las mujeres con discapacidad y menores de edad.

Dentro de los objetivos enumerados en el Capítulo 1 se expresa: “Garantizar la adecuada formación y capacitación de las personas profesionales que intervienen en el proceso de información, atención, detección, protección y tratamiento de las víctimas, incidiendo en las características y necesidades de las víctimas menores de edad y con discapacidad”.

Según lo dispone esta Ley Orgánica, todas las acciones y medidas son concebidas desde la accesibilidad universal, para que sean comprensibles y practicables por todas las mujeres, de modo que los derechos que recoge se hagan efectivos para mujeres con discapacidad, en situación de dependencia, con limitaciones idiomáticas o diferencias culturales, para mujeres mayores y para niñas y niños.

Se puede consultar la Ley en el apartado de esta web “Legislación” en el orden número 6: http://www.cermicantabria.org/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=1&Itemid=123